- Esta ley obliga al Estado y a todas las entidades que lo conforman a considerar al periodismo como una profesión de interés público y por tanto la obligación de garantizar su pleno y profesional ejercicio.
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MORELIA, MICH., Agosto 11 de 2015.- Al resaltar que es indispensable que Michoacán cuente con un ordenamiento jurídico que fundamente el ejercicio de la actividad profesional de los periodistas, y reconozca a su vez, los derechos que como comunicadores y actores sociales fundamentales, poseen, fue presentado al Pleno del Congreso local la iniciativa que expide la Ley de Protección Integral al Ejercicio del Periodismo.
Así pues, señala el dictamen elaborado por las Comisiones de Seguridad Pública y Protección Civil, con la presente Ley se consolida el fortalecimiento y respeto a los derechos para el ejercicio del periodismo, que conlleva a solidificar el Estado de Derecho, y obliga además a la respetuosa actuación de los Órganos del Estado, encausando sus acciones hacia una consolidación democrática en la Entidad.
Dicha iniciativa que surgió del interés de miembros de los diferentes medios de comunicación y que fue presentada por diputados de la LXXII Legislatura el pasado mes de octubre, puntualiza que México es uno de los países más peligrosos para ejercer el periodismo en el mundo y son los periodistas o comunicadores los que han encabezado el ejercicio de estas libertades en la colectividad contemporánea, por lo que se han convertido en un sector vulnerable y objeto de amenazas, agresiones físicas, secuestros, desapariciones y asesinatos que provienen de diversos sectores, desde las entidades públicas, hasta de los poderes fácticos que existen en la sociedad michoacana.
La ley pretende incorporar los derechos de libertad de expresión y de información que le dan base al periodismo, pero desde una perspectiva ciudadana, lo cual lleva a establecer un marco valorativamente democrático; donde exista una pluralidad de opiniones y de información, pero con responsabilidad social de los actores, sin faltar la función de servicio público de los medios de comunicación.
De igual manera, esta ley obliga al Estado y a todas las entidades que lo conforman a considerar al periodismo como una profesión de interés público y por tanto la obligación de garantizar su pleno y profesional ejercicio.
Cabe subrayar que por primera vez en el país, una ley estatal contará con el mayor número de derechos profesionales de los periodistas y comunicadores; así como un marco de derechos de seguridad social, siempre con un esquema de corresponsabilidad de los periodistas con el Estado.
De igual forma, esta iniciativa de Ley propone crear el Consejo para la Protección de las y los Periodistas y Comunicadores del Estado de Michoacán, a efecto de que el Estado cumpla eficazmente la responsabilidad de proteger, promover y garantizar los derechos humanos en el ejercicio del quehacer informativo, la libertad de expresión, y el derecho a la información.
Los aspirantes al cargo de Consejeros Periodistas o Comunicadores del Estado, serán sometidos a una evaluación por parte de los diputados integrantes de las Comisiones de Seguridad Pública y Protección Civil, Justicia y Derechos Humanos, quienes presentarán al Pleno del Congreso una propuesta conformada por diez aspirantes, de la que se seleccionará en voto secreto a los cinco periodistas o comunicadores que serán designados como Consejeros Periodistas o Comunicadores del Estado de Michoacán.
Los consejeros se mantendrán en su encargo por un periodo de cuatro años, con posibilidad de reelección por un período consecutivo y contarán con su respectivo suplente. El cargo de consejero es honorífico.