La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso una multa de 17 mil 500 pesos al gobernador electo de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, “El Bronco”, por uso indebido de la pauta de televisión.
La sanción se aplicó porque al cierre de la campaña electoral local, el partido Movimiento Ciudadano (MC), que postuló a Fernando Elizondo Barragán al gobierno de la entidad, “compartió” su “spot” con “El Bronco”.
En ese mensaje, Elizondo pidió el voto para el aspirante sin partido y éste a su vez correspondió y solicitó se apoyara a los candidatos a diputados locales de MC.
Por eso, se determinó que al aparecer en el promocional titulado “Alianza NL”, Rodríguez Calderón utilizó en su beneficio la pauta en televisión que corresponde a MC, y que Elizondo Barragán fue considerado coparticipe de esa anomalía, por lo que también fue sancionado, aunque con mil 750 pesos.
Here, we are showing you how the health of erectile function is not attainable in every situation. generic levitra canada It is discharged to a considerable measure of uneasiness, buy cheap cialis next anxiety, confronting sadness or, may be close to home unsolved matters, for instance family issues, it may meddle with his ability to keep up a regular erection in the midst of nature and natural herbs. It is easy to overcome from a problem like Early Ejaculation. canada in levitra But cheap viagra it is almost out of reach from the hands of Pfizer has gone and now all the medicine producing companies waited for the omission of patent projection, the first Indian company Ajanta Pharma has made the medicine for business purpose.
En sesión pública realizada esta tarde, la Sala Regional acató así la orden de la Sala Superior del TEPJF, que había resuelto que dada la gravedad de la falta era procedente la imposición de multas a los responsables.
La Sala Superior consideró que ambas personas tuvieron una participación “voluntaria e intencional, con la finalidad evidente de prestar su voz e imagen para la producción del promocional, en la que se aprecia que actuaron bajo un guión preestablecido, lo cual evidencia la concurrencia de voluntades en la comisión del hecho denunciado”.
La Sala también estableció que ambos transgredieron por igual el modelo de comunicación política “al utilizar en beneficio del entonces candidato independiente la pauta correspondiente a Movimiento Ciudadano”.