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Morelia, Michoacán, 6 de julio de 2017.- Las Comisiones unidas de Justicia y de Seguridad Pública y Protección Civil sesionó para analizar, discutir, y aprobar el dictamen con proyecto de decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo II, y reforman los artículos 291 y 292 del Código Penal para el Estado de Michoacán, que incluye castigo penal para quienes realicen denuncias telefónicas reportando hechos inexistentes que provoquen la movilización de los cuerpos policíacos o de emergencia.
La iniciativa de decreto, se armoniza en concordancia con lo establecido en las 10 acciones para “mejorar la seguridad, la justicia y el Estado de Derecho” en el país, anunciadas por el Ejecutivo Federal, con el objetivo de dar respuesta inmediata a las urgencias y emergencias de los ciudadanos, misma que se votará en sesión ordinaria. De aprobarse, se aplicará prisión de uno a tres años y de cien a quinientas unidades de medida y actualización, al que haga uso indebido de los medios de comunicación de emergencia o denuncia, reportando hechos falsos o inexistentes que provoquen la movilización o presencia de personal de respuesta y unidades o vehículos.
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Los diputados Ángel Cedillo, Carlos Quintana, Nalleli Pedraza y Xóchitl Ruíz, Presidente e integrantes de la Comisión de Justicia, así como, Wilfrido Lázaro, y Roberto Carlos López, Presidente e integrante de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, firmaron la reforma que además contempla los mecanismos técnicos para la recepción de la llamada, siendo esta una reforma integral, que no solo toma en cuenta los aspectos penales, sino además los de seguridad pública.