La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso al Partido Revolucionario Institucional (PRI) una multa de 140 mil 200 pesos por el uso indebido de los tiempos a los que tiene derecho en radio y televisión y violar el derecho constitucional a las comunicaciones privadas, por difundir, mediante un spot, una grabación ilícita.
Con su resolución los magistrados establecieron el criterio, acorde con precedentes establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de que una conversación privada obtenida ilegalmente no puede ser difundida válidamente en las prerrogativas de radio y televisión con que cuentan los partidos.
El spot que fue pautado por el PRI se titula «No más» y en él se insertan presuntas conversaciones sostenidas entre el entonces candidato al gobierno de Baja California Sur, Carlos Mendoza Davis, y el senador panista Ernesto Cordero.
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Tras emitirse el audio en el spot se dice «no votes por estos criminales…evitemos que Baja California Sur sea un nido del narcotráfico, vota PRI».
El magistrado presidente de la Sala, Clicerio Coello, ponente del caso, indicó que «los partidos deben cumplir con el principio de legalidad y el resto de los principios constitucionales, pero sobre todo los derechos fundamentales en sus actividades partidistas y en la difusión de propaganda».